Auto Supremo AS/0184/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0184/2006

Fecha: 08-Sep-2006

En el primero, acusó la violación, interpretación errónea y aplicación indebida de los artículos 1538,


En el primero, acusó la violación, interpretación errónea y aplicación indebida de los artículos 1538, 1540.5), 1436, 1444, 1335 y 1337.II del Código Civil, puesto que el demandante no inscribió en derechos reales el contrato de anticresis que suscribió con los codemandados Fermín Flores Pérez y Elsa Llano Acebey sobre una habitación en la Galería Sur, que diez meses después sería transferida a su favor a título de compra venta, razón que lo descalifica para intentar la acción pauliana a efectos de revocar dicha transacción. Agrega, que el demandante tampoco podía invocar alguna preferencia para el pago del monto de la anticresis, al tenor de lo dispuesto por el artículo 1337.II del Código Civil, precisamente por no haber registrado en derechos reales dicha obligación, como lo hicieron el Banco Mercantil y tres acreedores más, cuyas obligaciones fueron canceladas con el producto de la venta. Consiguientemente señala, que el artículo 1446 del Código Civil fue erróneamente interpretado y mal aplicado, toda vez que la venta efectuada por los esposos Acebey Llano, sobre su acción de la Galería Sur, fue para cancelar obligaciones conforme consta de fs. 49 a 52, lo que inviabiliza y enerva todo sustento para que opere la acción pauliana