Auto Supremo AS/0491/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0491/2007

Fecha: 01-Oct-2007

Que, en lo atinente al periodo que corre del 16 de enero de 1978 al


Que, en lo atinente al periodo que corre del 16 de enero de 1978 al 25 de agosto de 1980, se determina a Fs. 23 el despido del actor al amparo de los Arts. 16 y 9 de la Ley General del Trabajo y su Reglamento, respectivamente. Juzgado en la vía penal por los delitos de robo y otros, ulteriormente se emite por el Juzgado de Instrucción de la Provincia Chayanta, del Departamento de Potosí, con asiento en Colquechaca, auto de sobreseimiento provisional en ese proceso seguido por la Empresa Minera Colquechaca, dependiente de COMIBOL, Fs. 13-15. Lapso por el que, en virtud de esa definición judicial se reconoció al actor daños y perjuicios, jornales diarios, el denominado Bono Patriótico y aguinaldo