Auto Supremo AS/0447/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0447/2007

Fecha: 12-Nov-2007

Consiguientemente, no corresponde que sean los demandados, a quienes en nada afecta dicha diligencia, quien


Consiguientemente, no corresponde que sean los demandados, a quienes en nada afecta dicha diligencia, quien objeten la misma, por lo que se concluye que no existe mérito para la casación en la forma que impetran los demandados