Regístrese, notifíquese y devuélvase
POR TANTO: La Sala Civil de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la concurrencia del Dr. Jaime Ampuero García, Ministro Presidente de la Sala Social y Administrativa Primera, convocado al efecto; CASA en parte el auto de vista de fs. 188 a 189, únicamente en cuanto a los servicios básicos, disponiendo que las demandantes anticresistas, cancelen a los demandados los servicios de agua y luz, cuyo monto prorrateado será establecido en ejecución de sentencia, manteniendo el auto de vista que confirma la sentencia, en todo lo demás. Sin responsabilidad por ser excusable.
MINISTRA RELATORA: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez.
Regístrese, notifíquese y devuélvase
- CONSIDERANDO: Que, el Juez 1° de Partido en lo Civil y Comercial de ciudad de
- Fallo de primera instancia que en apelación es confirmado por la Sala Civil Tercera de
- En el fondo, acusan que el auto de vista solo dio razón únicamente a una
- Sostienen que demostraron que la anticresista no pagó los impuestos, no pagó los suministros de
- El recurso en la forma, acusa que la diligencia de fs
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión de los obrados, en función al recurso de casación en
- No sucede lo mismo con el pago de los impuestos del inmueble, sobre los que
- Que, en cuanto a la acusación respecto al destino que se le habría dado al
- CONSIDERANDO: Revisados los obrados en función al recurso de casación en la forma, se llega
- En autos, el presunto vicio de nulidad, que acusan los demandados en cuanto a la
- En efecto, como manda la precitada norma legal, si existía algún defecto en las diligencias
- Consiguientemente, no corresponde que sean los demandados, a quienes en nada afecta dicha diligencia, quien
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Dr. Jaime Ampuero García
- Proveído : Sucre, 12 de noviembre de 2007
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
