CONSIDERANDO: Que, la Juez Cuarto de Partido en lo Penal Liquidador de la ciudad de
DISTRITO: La Paz.
PARTES: Fidel Iturri Jiménez y la entidad recurrente c/ Oscar Gustavo
Álvarez Añez.
Estafa y estelionato (Declara infundado)
< < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < Sucre, 5 de diciembre de 2007
VISTOS: El recurso de casación o nulidad interpuesto por la Corporación de Inversiones IMCRUZ CORP. S.A. representada por Juan Carlos Ríos Callejas de 16 de abril de 2003 de fs. 425 a 426 vta. contra el Auto de Vista Nº 20 de 5 de marzo de 2003 de fs. 420 a 421, pronunciado por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior de Justicia del Distrito de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Fidel Iturri Jiménez y la entidad recurrente contra Oscar Gustavo Álvarez Añez, por los delitos de estafa y estelionato incursos en los arts. 335 y 337 del Código Penal, respectivamente, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO: Que, la Juez Cuarto de Partido en lo Penal Liquidador de la ciudad de La Paz, mediante Sentencia Nº 208 de 7 de diciembre de 2001 de fs. 369 a 380, declara a Oscar Gustavo Álvarez Añez autor de los delitos de estafa y estelionato previstos y sancionados por los arts. 335 y 337 del Código Penal, respectivamente, imponiéndole la pena de dos años de reclusión a cumplir en la Penitenciaria de San Pedro de esa ciudad, pago del daño civil, costas y multa de sesenta días a Bs. 10 por día liquidables en ejecución de sentencia. La indicada resolución fue apelada por el imputado y la entidad querellante, siendo resuelta por Auto de Vista Nº 20 de fs. 420 a 421 confirmando la sentencia apelada. Contra ésta resolución superior se ha interpuesto el recurso de casación o nulidad que es motivo de análisis y que ha merecido el requerimiento fiscal de 12 de mayo de 2004 de fs. 431 a 432
- AUTO SUPREMO: Nº 640 Sucre, 5 de diciembre de 2007
- CONSIDERANDO: Que, la Juez Cuarto de Partido en lo Penal Liquidador de la ciudad de
- CONSIDERANDO: Que, la entidad querellante Corporación de Inversiones IMCRUZ CORP
- Indica la entidad recurrente que, la sentencia fundamenta la condena de acuerdo al conjunto de
- La entidad recurrente, refiriendo inicialmente sus solicitudes de fs
- Finalmente, la entidad recurrente mencionando la prueba plena presentada para solicitar la modificación de la
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión del contenido del recurso de casación interpuesto por la Corporación
- Por otro lado, el Tribunal de Apelación señala que Fidel Iturri Jiménez desiste de la
- Concluye el Auto de Vista recurrido, señalando que la sentencia impone la pena armonizando los
- La Juez de Partido y el Tribunal de Apelación, a través de las correspondientes resoluciones
- También, los órganos juridiccionales de grado han valorado la prueba cursante en obrados - vale
- Asimismo, si bien es cierto que el art
- En este sentido, tanto la Juez de Partido como el Tribunal de Apelación a momento
- Por otro lado, las resoluciones de instancia tampoco violentan los arts
- Al contrario de lo íntegramente desarrollado, dichos fallos - la sentencia y Auto de Vista
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Sucre, 5 de diciembre de 2007
- Libro Tomas de Razón 2/2007.
