Auto Supremo AS/0640/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0640/2007

Fecha: 05-Dic-2007

También, los órganos juridiccionales de grado han valorado la prueba cursante en obrados - vale


También, los órganos juridiccionales de grado han valorado la prueba cursante en obrados - vale decir, la plena prueba por la cual se dicta sentencia condenatoria contra el imputado Oscar Gustavo Álvarez Añez, como se desprende en la sentencia en sus considerandos cuarto, quinto, séptimo a décimo de fs. 374 a 380, y en el Auto de Vista en los numerales 1 y 2 de su último considerando de fs. 420 vta.-, particularmente las pruebas extrañadas por el recurrente que son: las diligencias de policía judicial y su informe en conclusiones, declaraciones de Fidel Iturri Jiménez y Tatiana Gutiérrez Condori, escritura pública Nº 2657/96, poder de administración a favor del imputado, minutas de transferencia de vehículos, literales de fs. 2, 13, 14, 122, 243 a 245, oficio de seguro de vehículos, denuncias por sustracción de cheques y giro de cheque en descubierto, testimonio Nº 13.169/97-. No constando a éste Tribunal, que dicha valoración haya sido parcial o haya violentado el art. 135 (apreciación de la prueba) del Código de Procedimiento Penal; por el contrario, denota una valoración en conjunto que expone invariablemente los razonamientos en los que la Juez de Partido y el Tribunal de Alzada fundan la valoración jurídica para la fijación de la pena