En este sentido, tanto la Juez de Partido como el Tribunal de Apelación a momento
En este sentido, tanto la Juez de Partido como el Tribunal de Apelación a momento de determinar la fijación de la pena, basaron su decisión considerando fundamentalmente las atenuantes que cursan en obrados; primero, en la existencia de un otro juicio ejecutivo paralelo al proceso penal por una misma obligación, seguido por la entidad querellante contra el imputado Oscar Gustavo Álvarez Añez y el co-querellante Fidel Iturri Jiménez, donde la empresa recurrente se adjudicó el inmueble de propiedad del co-ejecutado Fidel Iturri Jiménez y tres vehículos con la rebaja del 75% de la última base de su avalúo inicial, como consta a fs. 248 y 265, respectivamente, producto de la ejecución de la referida obligación; segundo, en la formulación del desistimiento por el co-querellante a la vez co-ejecutado Fidel Iturri Jiménez a favor del imputado Oscar Gustavo Álvarez Añez, subsistiendo únicamente como parte civil la entidad querellante como se desprende a fs. 362. Determinación que demuestra, que los órganos jurisdiccionales de instancia dieron preponderancia a la atenuante general prevista en el art. 40 inc. 3) del Código Penal, que se refiere la reparación de los daños ocasionados por el imputado en la medida en que le ha sido posible resarcirlos
- AUTO SUPREMO: Nº 640 Sucre, 5 de diciembre de 2007
- CONSIDERANDO: Que, la Juez Cuarto de Partido en lo Penal Liquidador de la ciudad de
- CONSIDERANDO: Que, la entidad querellante Corporación de Inversiones IMCRUZ CORP
- Indica la entidad recurrente que, la sentencia fundamenta la condena de acuerdo al conjunto de
- La entidad recurrente, refiriendo inicialmente sus solicitudes de fs
- Finalmente, la entidad recurrente mencionando la prueba plena presentada para solicitar la modificación de la
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión del contenido del recurso de casación interpuesto por la Corporación
- Por otro lado, el Tribunal de Apelación señala que Fidel Iturri Jiménez desiste de la
- Concluye el Auto de Vista recurrido, señalando que la sentencia impone la pena armonizando los
- La Juez de Partido y el Tribunal de Apelación, a través de las correspondientes resoluciones
- También, los órganos juridiccionales de grado han valorado la prueba cursante en obrados - vale
- Asimismo, si bien es cierto que el art
- En este sentido, tanto la Juez de Partido como el Tribunal de Apelación a momento
- Por otro lado, las resoluciones de instancia tampoco violentan los arts
- Al contrario de lo íntegramente desarrollado, dichos fallos - la sentencia y Auto de Vista
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Sucre, 5 de diciembre de 2007
- Libro Tomas de Razón 2/2007.
