POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con
Por todo lo expuesto, el Máximo Tribunal entendiendo que se viola la ley sustantiva penal cuando la fijación de la pena no se encuentra dentro de los límites legales o corresponda a otro hecho no calificado en la sentencia, no encuentra violación a las previsiones de los arts. 37, 38 y 40 del Código Penal y 135, 237, 242, 243 y 296 inc. 2 del Código de Procedimiento Penal por las resoluciones de instancia, más al contrario, asume que la pena fijada al imputado Oscar Gustavo Álvarez Añez por los órganos jurisdiccionales de grado se encuentra dentro los limites legales así como la calificación prevista por los arts. 335 y 337 del Código Penal.
Con el argumento jurídico en conjunto que precede, no siendo evidentes, en consecuencia, las supuestas denuncias de los preceptos legales infringidos, corresponde al Tribunal de Casación declarar infundado el recurso interpuesto.
POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con el requerimiento fiscal de fs. 431 a 432, con la atribución conferida por el art. 59 num. 1) de la Ley de Organización Judicial y en aplicación del art. 307 num. 2) del Código de Procedimiento Penal, declara INFUNDADO el recurso interpuesto por la Corporación de Inversiones IMCRUZ CORP. S.A. representada por Juan Carlos Ríos Callejas de fs. 425 a 426 vta. por no ser evidente la violación de las leyes acusadas
- AUTO SUPREMO: Nº 640 Sucre, 5 de diciembre de 2007
- CONSIDERANDO: Que, la Juez Cuarto de Partido en lo Penal Liquidador de la ciudad de
- CONSIDERANDO: Que, la entidad querellante Corporación de Inversiones IMCRUZ CORP
- Indica la entidad recurrente que, la sentencia fundamenta la condena de acuerdo al conjunto de
- La entidad recurrente, refiriendo inicialmente sus solicitudes de fs
- Finalmente, la entidad recurrente mencionando la prueba plena presentada para solicitar la modificación de la
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión del contenido del recurso de casación interpuesto por la Corporación
- Por otro lado, el Tribunal de Apelación señala que Fidel Iturri Jiménez desiste de la
- Concluye el Auto de Vista recurrido, señalando que la sentencia impone la pena armonizando los
- La Juez de Partido y el Tribunal de Apelación, a través de las correspondientes resoluciones
- También, los órganos juridiccionales de grado han valorado la prueba cursante en obrados - vale
- Asimismo, si bien es cierto que el art
- En este sentido, tanto la Juez de Partido como el Tribunal de Apelación a momento
- Por otro lado, las resoluciones de instancia tampoco violentan los arts
- Al contrario de lo íntegramente desarrollado, dichos fallos - la sentencia y Auto de Vista
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Sucre, 5 de diciembre de 2007
- Libro Tomas de Razón 2/2007.
