CONSIDERANDO III: Que, en el presente caso, con el auto de vista de fs
CONSIDERANDO III: Que, en el presente caso, con el auto de vista de fs. 130-131, al revocar en parte la resolución No. 067.04 de 26 de marzo de 2004 de la Comisión de Reclamación de Rentas, referente al cálculo del salario promedio cotizable, que sirvió de base para otorgar las rentas Básicas y Complementaria, se ha obrado correctamente, por consiguiente, este cálculo deberá ser conforme al cuadro de promedio salarial que asciende a Bs. 3.663,56 según el informe de fs. 106, sobre cuya base el SENASIR debe establecer el monto único y correcto, para el cálculo de la Renta Única de Vejez que comprenda tanto la básica y la complementaria
- PARTES: Lindo Fernández Chile c/ Servicio Nacional del Sistema de Reparto SENASIR
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, las Resoluciones Nos
- Dicho fallo motivó que ambas partes interpongan recurso de casación, conforme se sintetiza
- II
- CONSIDERANDO II: Que, del examen de ambos recursos de casación, analizando si lo denunciado es
- En efecto, cursa en obrados certificados de trabajo del actor y la prueba de los
- 3) Toda esta documentación acredita ciertamente que el actor tiene un total de 204 cotizaciones
- De otra parte, a fs
- CONSIDERANDO III: Que, en el presente caso, con el auto de vista de fs
- Sin embargo este Supremo Tribunal discrepa, en la parte que confirmó la resolución apelada, en
- Que, por lo expuesto, estando analizada respecto a la casación en el fondo del actor,
- Que, en ese marco legal, el tribunal de apelación realizó una adecuada interpretación y aplicación
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
