POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida en el inc. 1) del art. 60 de la L.O.J., arts. 271 incs. 1) y 2), 272 y 273 del Cód. Pdto. Civil, de acuerdo en parte con el dictamen de fs. 155-156, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación en el fondo de fs. 135-136, e INFUNDADO el recurso de casación de fs. 145-149; con la modificación de que el recálculo de la renta básica como la complementaria de vejez, deberá realizarse conforme al total de las cotizaciones, así como al promedio salarial que se hizo referencia y procederse al pago desde el mes de febrero del 2000; sin costas, por ser ambas partes recurrentes
- PARTES: Lindo Fernández Chile c/ Servicio Nacional del Sistema de Reparto SENASIR
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, las Resoluciones Nos
- Dicho fallo motivó que ambas partes interpongan recurso de casación, conforme se sintetiza
- II
- CONSIDERANDO II: Que, del examen de ambos recursos de casación, analizando si lo denunciado es
- En efecto, cursa en obrados certificados de trabajo del actor y la prueba de los
- 3) Toda esta documentación acredita ciertamente que el actor tiene un total de 204 cotizaciones
- De otra parte, a fs
- CONSIDERANDO III: Que, en el presente caso, con el auto de vista de fs
- Sin embargo este Supremo Tribunal discrepa, en la parte que confirmó la resolución apelada, en
- Que, por lo expuesto, estando analizada respecto a la casación en el fondo del actor,
- Que, en ese marco legal, el tribunal de apelación realizó una adecuada interpretación y aplicación
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
