Auto Supremo AS/0033/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0033/2007

Fecha: 02-Feb-2007

POR TANTO: La Sala Civil de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,


POR TANTO: La Sala Civil de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la facultad conferida por el artículo 58.1) de la Ley de Organización Judicial, ANULA el auto de vista impugnado, disponiendo que el Tribunal Ad quem sin espera de turno y previo sorteo, pronuncie nuevo auto de vista conforme a los argumentos expuestos en el presente fallo