CONSIDERANDO: Que el recurso de casación planteado por Mario Alfredo Rosales Méndez, ha sido interpuesto
CONSIDERANDO: Que el recurso de casación planteado por Mario Alfredo Rosales Méndez, ha sido interpuesto con los siguientes argumentos:
1.- Denuncia defectos absolutos en razón de que el Auto de Vista no se ha pronunciado en forma clara respecto a los motivos de la apelación restringida interpuesta por la defensa, ya que el recurso fue interpuesto con relación a lo establecido en el artículo 370 de la Ley 1970 incisos 1), 6) y que al solicitar la complementación y enmienda no se ha pronunciado sobre los puntos observados
- CONSIDERANDO: Que el plazo, la invocación de precedentes contradictorios al momento de la interposición de
- CONSIDERANDO: Que el recurso de casación planteado por Mario Alfredo Rosales Méndez, ha sido interpuesto
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- Asimismo el Ministerio Público, representado por el Dr
- CONSIDERANDO: Que, analizados los recursos de casación interpuestos, se tiene que no han sido presentados
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, veintitrés de febrero de dos mil siete
- Proveído.- Abog. Ximena L. Mendizábal Hurtado -Secretaria de Cámara-
