Auto Supremo AS/0126/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0126/2007

Fecha: 06-Mar-2007

En consecuencia, el tribunal ad quem anuló indebidamente obrados abstrayéndose de considerar los agravios expuestos


En consecuencia, el tribunal ad quem anuló indebidamente obrados abstrayéndose de considerar los agravios expuestos en los recursos de apelación resolviéndolos en el marco del artículo 236 del adjetivo Civil, por lo que corresponde aplicar lo previsto por el artículo 252 del Procedimiento Civil