Auto Supremo AS/0126/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0126/2007

Fecha: 06-Mar-2007

Por otro lado, en cuanto al recurso de casación en la forma anunciado en la


Por otro lado, en cuanto al recurso de casación en la forma anunciado en la parte in fine del memorial presentado por Juan Luís Humberto Cariaga Valdez, cabe señalar que el mismo también es improcedente porque no cumple con el voto del artículo 258 del Código de Procedimiento Civil, además, no distingue entre sus fundamentos aquellos que respaldan al recurso de casación en el fondo de los que sustentan al recurso de casación en la forma