Auto Supremo AS/0222/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0222/2007

Fecha: 28-Mar-2007

CONSIDERANDO: Que a tiempo de formular el recurso de casación, los recurrentes alegan que el


CONSIDERANDO: Que a tiempo de formular el recurso de casación, los recurrentes alegan que el Tribunal de grado como el de alzada, habrían omitido considerar "la Ley de calzada", regulada en el Código Nacional de Tránsito en franca inobservancia de la normativa referida, situación que resultaría contraria a lo dispuesto en el Auto Supremo Nº 197 del año 1990 que dispuso que, en casos de accidente de tránsito, debe aplicarse el Código Nacional de Tránsito y su Reglamento, alegando que en el caso de Autos ni la sentencia ni el Auto de Vista repararon este extremo