Auto Supremo AS/0222/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0222/2007

Fecha: 28-Mar-2007

La sentencia de grado, confirmada por el Auto de Vista Nº 45/06, contiene una fundamentación


Los jueces de mérito son soberanos en la valoración de las pruebas, las que estiman o desestiman, debiendo como en el caso de Autos, indicar las razones por las que estiman o desestiman determinados elementos probatorios; así, los razonamientos del fallo están acordes a las reglas del pensamiento humano, siendo el iter lógico de la sentencia correcto, adecuado y fundado en las leyes del pensamiento, las que independientemente de la experiencia se presentan como necesarias en nuestro raciocinio.

La sentencia de grado, confirmada por el Auto de Vista Nº 45/06, contiene una fundamentación válida, puesto que el Tribunal de juicio fundó sus conclusiones en pruebas de valor decisivas, sin que éstas sean contradictorias entre sí, ni ilegales, observando en su valoración las reglas fundamentales de la lógica y realizando una exposición razonada de los motivos en los que se funda; estableció así, la existencia del hecho y la culpabilidad del procesado, mientras que el Tribunal de alzada verificó el iter lógico expresado en la fundamentación del fallo, concluyendo que se encuentra acorde con las reglas del recto entendimiento humano y que la motivación es expresa, clara, completa y emitida con arreglo a las normas de la sana crítica, concluyendo en que el decisorio responde a las reglas del recto entendimiento humano, sin que para ello hubieran ingresado a una reconsideración de los hechos o de las pruebas