Auto Supremo AS/0271/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0271/2007

Fecha: 28-May-2007

En efecto, el solo hecho de contar con un título de propiedad le otorga al


En efecto, el solo hecho de contar con un título de propiedad le otorga al propietario el corpus y el ánimus sobre la cosa, ejerciendo el uso, goce y disposición sobre aquélla, facultándole, además, el derecho de reivindicar la cosa de manos de un tercero, así el demandante no hubiere estado en posesión material de la cosa en litigio. De esta manera, el derecho de propiedad se diferencia de las acciones posesorias, pues en estas últimas sí se requiere la posesión física o corporal por parte de quien la invoca, lo que no sucede con el derecho de propiedad