Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0271/2007
Fecha: 28-May-2007
Patricia Parada Loras
Patricia Parada Loras
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DISTRITO : Cochabamba PROCESO: Ordinario - Reivindicación y mejor derecho propietario
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MINISTRO RELATOR: Abog. Julio Ortiz Linares
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VISTOS:El recurso de casación en el fondo de fs
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Apelada la sentencia de primera instancia, la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del
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A consecuencia de este fallo, las demandadas Martha Yolanda Zenteno Cobarrubias y Jenny Rojas interpusieron
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Con estos argumentos solicitaron se case el auto de vista recurrido declarando improbada la demanda
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CONSIDERANDO: Que con carácter previo a la resolución de la causa, conviene precisar que de
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Por otro lado, conviene también precisar que en su sentido procesal, la prueba es un
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CONSIDERANDO: Ahora bien, así establecido el marco normativo y doctrinal dentro del cual los administradores
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Que, en cuanto a la violación del art
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En efecto, el solo hecho de contar con un título de propiedad le otorga al
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Así las cosas, se infiere que en el marco de lo previsto por el art
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En este mismo contexto se debe concluir que tampoco son evidentes las denuncias formuladas respecto
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En definitiva, este Tribunal concluye que la apreciación de la prueba realizada por el a
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POR TANTO: La Sala Civil de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
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Regístrese, notifíquese y devuélvase
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Firmado : Abog. Julio Ortiz Linares
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Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
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Proveído : Sucre, 28 de mayo de 2007
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Patricia Parada Loras
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Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
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