Auto Supremo AS/0314/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0314/2007

Fecha: 16-May-2007

Tampoco es cierta la violación del Art


Tampoco es cierta la violación del Art. 2º del Decreto Supremo Nº 20060 de 20 de febrero de 1984, porque según establece el Art. 60 del Decreto Supremo Nº 21060 de 29 de agosto de 1985, el bono de antigüedad se reconoce después de dos años de trabajo; en el caso de autos el actor cobró sus beneficios sociales con anterioridad, por consiguiente el contrato de 15 de diciembre de 1999, da comienzo a otra relación laboral, sin continuidad de los derechos adquiridos y cancelados en su oportunidad