Auto Supremo AS/0581/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0581/2007

Fecha: 28-May-2007

En efecto, cursa en obrados Boletas y Sobres de pago de sueldos a fs


2) Empero, la entidad aseguradora no consideró que la beneficiaria presentó la documentación requerida por el Instructivo para Calificación de renta única, en sujeción al art. 93 del R.C.S.S. (Reglamento del Código de Seguridad Social), en concordancia con el art. 23 y siguientes del Manual de Prestaciones, aprobado mediante Resolución Secretarial No. 10.0.0.087 de 21/07/97; es decir, cumpliendo las exigencias dilatorias y burocráticas de la entidad recurrente.

En efecto, cursa en obrados Boletas y Sobres de pago de sueldos a fs. 1-11 y 60-100, Certificado de Trabajo, memorámdum de designación y finiquitos a fs. 12-15, 23-28, 30-35, 37-39, 50, 55-59, 107-108 y 123, Certificado y cédula de identidad No. 423672 expedido en La Paz a fs. 18-19, certificado de nacimiento a fs. 20, certificado de matrimonio a fs. 17, certificado de su hijo a fs. 16, informe de cuenta individual con Matrícula No. 49-5709-CVA del sector de la Banca Privada a fs. 39; con los cuales acreditó de manera incuestionable que Ana Gloria Capurata Vásquez, nació el 9 de julio de 1949. Todos estos documentos merecen la fe probatoria que les asignan los arts. 1289, 1296 y 1534 I del Código Civil, concordante con los arts. 399 I y 400 del Cód. Pdto. Civil