Auto Supremo AS/0581/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0581/2007

Fecha: 28-May-2007

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de


POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida en el inc. 1) del art. 60 de la L.O.J., arts. 271 inc. 2) y 273 del Cód. Pdto. Civil, en desacuerdo con el dictamen de fs. 169-170, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo de fs. 160-162; con la modificación que, tanto la renta básica como la complementaria de vejez, conforme al total de las cotizaciones que se hizo referencia, deberán procederse al pago, desde la fecha de la solicitud inicial de 30 de junio de 1998 de fs. 24; sin costas, en aplicación del art. 39 de la Ley 1178 (SAFCO) de 20 de julio de 1990