Auto Supremo AS/0293/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0293/2007

Fecha: 14-Jun-2007

Sostiene que según el art


Sostiene que según el art. 715 del Código Civil, el canon de arrendamiento no puede exceder del 10% anual del nuevo valor catastral, situación que en caso de autos constituye un hecho ilícito generador de responsabilidad civil y penal, y que, conforme al art. 637-2 del igual sustantivo, el comprador debe pagar intereses sobre el precio pendiente de pago, toda vez que las oficinas transferidas originan frutos de naturaleza civil. Finalmente acusa también, que no se ha ponderado la prueba aportada