Auto Supremo AS/0709/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0709/2007

Fecha: 14-Sep-2007

Que, la sentencia admite la omisión de estos requisitos establecidos por ley, ratificando un acto


Que, la sentencia admite la omisión de estos requisitos establecidos por ley, ratificando un acto administrativo que promueve un estado de indefensión e incertidumbre, error que correspondía corregir al tribunal ad quem, en atención al aforismo jurídico "no hay derecho sin hecho", lo que no sucedió, resultando tanto la sentencia como el auto de vista, ajenos a la objetividad del proceso y contrarias al derecho, concluye este acápite comentando el segundo párrafo del numeral 6 de la sentencia, para referir, en suma, que el IUE fue determinado como resultado de una revisión apresurada en la fase de descargo, en la que los propios funcionarios que evaluaron los descargos, conocían con certeza el concepto y fundamento legal de las observaciones (no precisa cuáles)