Ahora bien, el art
Ahora bien, el art. 29 del Código de Procedimiento Penal establece que la acción penal prescribe:
1) En ocho años, para los delitos que tengan señalada una pena privativa de libertad cuyo máximo legal sea de seis o más de seis años;
2) En cinco años, para los que tengan señaladas penas privativas de libertad cuyo máximo legal sea menor de seis y mayor de dos años;
3) En tres años, para los demás delitos sancionados con penas privativas de libertad; y
4) En dos años para delitos sancionados con penas no privativas de libertad,
En este marco, de acuerdo a lo previsto por el art. 30 del procedimiento citado, el término de la prescripción empieza a correr desde la media noche del día en que se cometió el delito o cesó su consumación. Sin embargo, el aludido plazo puede ser interrumpido, únicamente, cuando se procede a la declaratoria de rebeldía del imputado, conforme prevé el art. 31 del Código de Procedimiento Penal, o puede suspenderse en los términos previstos en el art. 32 del mismo cuerpo legal, constituyendo éstos los únicos casos en los que el término de la prescripción deja de correr
- AUTO SUPREMO: Nº 51 Sucre, 29 de enero de 2008
- DISTRITO: Cochabamba
- Sucre, 29 de enero de 2008
- CONSIDERANDO: Que el imputado Yesid Alberto Viscarra Aliaga, solicitó la extinción de la acción penal
- 2) En su caso, alega que el término de la prescripción debe computarse desde la
- 3) Asimismo, citando la SC 101/2006 de 25 de abril, 1190/2001 de 12 de noviembre,
- Con estos argumentos y amparándose en lo previsto por el art
- CONSIDERANDO: Que, el Ministerio Público ni el acusador particular respondieron al recurso de casación, menos
- CONSIDERANDO: Que a efectos de resolver el incidente planteado es menester hacer las siguientes precisiones
- El art
- En cuanto a la naturaleza jurídica de este instituto, el Tribunal Constitucional a través de
- Por otro lado, en el Auto Supremo No
- Ahora bien, el art
- Consiguientemente, bajo estas premisas, es lógico concluir que la denuncia o la comunicación del inicio
- Por otro lado, siempre dentro de la esfera de estudio del instituto de la prescripción
- En este orden de ideas, de acuerdo a la doctrina y los fallos constitucionales mencionados
- Del mismo modo y, como se tiene dicho, a efectos de determinar la procedencia o
- CONSIDERANDO: De la revisión de los datos del proceso, se establece que el hecho por
- Por otro lado, teniendo en cuenta que el máximo de la pena del delito de
- En consecuencia, por los fundamentos expuestos, habiéndose verificado el cumplimiento de las condiciones que hacen
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, aplicando lo dispuesto
- Regístrese y hágase saber
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Libro Tomas de Razón 1/2008.
