Auto Supremo AS/0489/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0489/2008

Fecha: 06-Oct-2008

Aplicando las precisiones anteriores al caso concreto, se tiene que, independientemente de lo que las


Aplicando las precisiones anteriores al caso concreto, se tiene que, independientemente de lo que las partes pactaron en el contrato e independientemente de que el demandante haya facturado a través de su propio RUC., en los hechos, la relación se caracterizó por la prestación de servicios con total independencia del contratante, por cuanto no sólo que no cobraban un sueldo mensual sino comisiones y si bien es cierto que la comisión (en su calidad de emolumento contraprestacional) es una consecuencia de la prestación del servicio y no la causa, se debe observar que la misma se encontraba subordinada al mayor o menor ingreso bruto, el mismo que a su vez dependía de la organización técnica del demandante en cuanto a estrategia empresarial de ventas asumidas por él