Auto Supremo AS/0501/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0501/2008

Fecha: 09-Oct-2008

Que, en el caso, para una mayor claridad conceptual no puede ignorarse que la patronal


Que, en el caso, para una mayor claridad conceptual no puede ignorarse que la patronal obró, al establecer el nexo legal, que era laboral, con el actor violentando reiteradamente los principios y normas que regulan la contratación a plazo fijo en cuanto, de una parte, después del segundo esa relación se constituyó como permanente y, de otra, al margen de estar prohibidos esos contratos en tareas propias y permanentes de la empresa; extremos claramente normados por el D.L. No. 16187 de 16 de febrero de 1979. Lo que hace irrelevante lo alegado en contrario para la terminación de la relación por cumplimiento del plazo acordado