En referencia a la vulneración del derecho a la defensa por la designación del abogado
En referencia a la vulneración del derecho a la defensa por la designación del abogado defensor de oficio Santiago Maldonado, para que asista al recurrente en la audiencia de fundamentación de apelación, de la revisión de antecedentes se advierte que la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba mediante Auto de 14 de junio de 2007 (fojas 298 vuelta) impuso una multa al abogado patrocinador particular del imputado, quién decidió no asistir a su defendido en la audiencia de fundamentación del recurso de apelación restringida, pues en cumplimiento de lo previsto por el artículo 44 de la Ley de Organización Judicial, el referido profesional bien pudo cumplir con su deber de patrocinio, no siendo evidente que el Tribunal de apelación hubiera vulnerado el derecho a la defensa del recurrente, por el contrario, la designación de un abogado defensor de oficio tuteló el mencionado derecho, no siendo evidente la existencia de defecto absoluto
- VISTOS: El recurso de casación de fojas 314 a 321, interpuesto por Lindomar Bejarano Durán
- Que, en apelación restringida interpuesta por el imputado, la Sala Penal Segunda de la Corte
- CONSIDERANDO: Que, el recurrente argumentó y acusó
- Denunció que la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba multó
- 2
- Denunció que el Tribunal de Sentencia contradictoriamente determinó la no exclusión de las pruebas signadas
- 3
- 4
- En base a los fundamentos expuestos interpuso (textual) recurso de apelación restringida contra la sentencia
- CONSIDERANDO: Que, el recurso interpuesto por Lindomar Bejarano Durán es de apelación restringida contra la
- Hecha esa puntualización, se tiene
- En referencia a la vulneración del derecho a la defensa por la designación del abogado
- III
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase. RELATOR MINISTRO: Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Libro Tomas de Razón 1/2008
