Auto Supremo AS/0616/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0616/2008

Fecha: 11-Dic-2008

Con referencia a la excepción de impersonería del coactivante, no debe perderse de vista que,


Con referencia a la excepción de impersonería del coactivante, no debe perderse de vista que, conforme está establecido en el art. 31 del D.S. Nº 21637 de 25 de junio de 1987, la caja de Salud de las Corporaciones Regionales de Desarrollo se creó sobre la estructura de la ex Corporación Boliviana de Fomento, por lo que la entidad coactivante goza de plena capacidad jurídica en el presente proceso