CONSIDERANDO II: Que, pese a que el recurso contiene notables contradicciones, al ser formulado como
CONSIDERANDO II: Que, pese a que el recurso contiene notables contradicciones, al ser formulado como de forma y de fondo, acusando de manera indiscriminada la violación de normas adjetivas y sustantivas, sin discriminar el recurso de forma del de fondo, ignorando que ambos persiguen y tienen diferentes efectos jurídicos, ya que el primero -de forma- tiene como finalidad la nulidad de obrados por haberse violado las formas esenciales del proceso -errores in procedendo-, mientras que el segundo -de fondo- persigue el cambio en la forma de resolución emitida por los inferiores por haberse comprobado el error de hecho o de derechos en la apreciación de las pruebas o la violación, interpretación errónea o aplicación indebida de la ley -errores in judicando-; incongruencia que se manifiestan aún más cuando al finalizar el recurso solicita, de manera confusa y ambigua, "subsanar el cúmulo de nulidades" "casando el auto de vista"; deficiencia procesal que, sin lugar a dudas, no acarrearía sino la declaración de improcedencia del recurso
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- Sucre, 11 de diciembre de 2008
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
