Auto Supremo AS/0616/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0616/2008

Fecha: 11-Dic-2008

En el caso de autos, la empresa demandada no ha presentado pruebas que acredite la


En el caso de autos, la empresa demandada no ha presentado pruebas que acredite la excepción de incompetencia del juzgado, referido a su domicilio en la ciudad de Tarija, incumpliendo lo normado en el art. 118 del Código Procesal del Trabajo, que determina el requisito procesal de adjuntar la prueba preconstituida que respalde dicha excepción; pero eso no es todo, ya que la propia entidad demandada al oponer las excepciones y responder la demanda a fs. 29 "A" - 32, señala como su domicilio procesal en el "...Edificio San Pablo 7mo. Piso Oficinas de CODETAR"