CONSIDERANDO II: Que así formulado el recurso, ingresando a su análisis, previa revisión del expediente,
Concluyó solicitando se remita el expediente ante este tribunal para que emita auto supremo que case el auto de vista y deliberando en el fondo "reponga obrados con nulidad de lo obrado..."
CONSIDERANDO II: Que así formulado el recurso, ingresando a su análisis, previa revisión del expediente, se establece lo siguiente:
1.- Con carácter previo a formular criterio sobre los argumentos del recurso de casación intentado en autos, corresponde hacer constar que la representación del Gobierno Municipal de la ciudad de La Paz, por memorial presentado el 12 de mayo de 2003, solicitó se promueva recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad respecto de la R.M. Nº 185/90 de 11 de abril de 1990, por ser contraria al espíritu de la Ley de 18 de diciembre de 1994, su D.R. de 21 de diciembre de 1994 y del D.R. de la L.G.T., por lo que solicitó que en base al principio de jerarquía normativa se la declare inconstitucional
- MINISTRO RELATOR: Dr. Julio Ortiz Linares
- CONSIDERANDO I: Tramitado el proceso coactivo fiscal, en base a los Informes de Auditoria Nº
- En apelación deducida por la entidad coactivante (Fs
- La indicada determinación, motivó el recurso de casación en el fondo interpuesto por Miriam Arispe
- Por otra parte, alegó la trasgresión de los arts
- CONSIDERANDO II: Que así formulado el recurso, ingresando a su análisis, previa revisión del expediente,
- El incidente fue admitido mediante Auto Supremo Nº 117 de 4 de junio de 2003
- Es menester hacer constar que al haber sido declarada inconstitucional la mencionada Resolución Ministerial, en
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- El razonamiento emitido por el Tribunal Constitucional, reconoció que la norma reglamentaria que ostenta el
- Consiguientemente, al haber sido expulsada del ordenamiento jurídico dicha norma, no puede ser aplicada al
- Por lo referido, al no haberse desvirtuado la calidad de prueba preconstituida que ostentan los
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- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Excma
- Sin multa por ser excusable
- Para resolución, según convocatoria de Fs
- Relator:Ministro Dr. Julio Ortiz Linares
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Julio Ortiz Linares
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
