Auto Supremo AS/0140/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0140/2008

Fecha: 28-May-2008

Por lo referido, al no haberse desvirtuado la calidad de prueba preconstituida que ostentan los


Por lo referido, al no haberse desvirtuado la calidad de prueba preconstituida que ostentan los informes de auditoria y el dictamen del señor Contralor de la República, presentado en el caso presente, conforme establece el art. 51 del D.S. Nº 23318-A de 3 de noviembre de 1992, corresponde ratificar la existencia de responsabilidad civil identificada por los mencionados documentos, en cumplimiento del art. 31 de la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990