Auto Supremo AS/0140/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0140/2008

Fecha: 28-May-2008

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Excma


4.- Los aspectos descritos líneas arriba, establecen que el auto de vista recurrido (Fs. 126), fue emitido aplicando una norma que ha sido declarada inconstitucional, sin que conste en el expediente otros justificativos que desvirtúen los cargos identificados contra el coactivado, por ello, corresponde dar aplicación a los arts. 271 inc. 4) y 274 del Cód. Pdto. Civ., por disposición de los arts. 1º y 24, normas remisivas del Pdto. Coactivo Fiscal.

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la facultad que le confiere el art. 60 inc. 1) de la Ley L.O.J., de acuerdo con el dictamen fiscal de Fs. 521-522, CASA el Auto de Vista Nº 79/02 de 4 de noviembre de 2002, emitido por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz (Fs. 126) y, deliberando en el fondo, mantiene subsistente la Nota de Cargo Nº 67/97 de 8 de septiembre de 1997, disponiéndose que el juez a quo, gire el pliego de cargo correspondiente y ejecute el presente auto supremo conforme a ley