Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0145/2008
Fecha: 17-Jun-2008
Patricia Parada Loras
Patricia Parada Loras
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contrato de dación de pago y otros
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CONSIDERANDO I: Que, la Juez Cuarto de Partido en lo civil y Comercial de la
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Que, en grado de apelación deducida por la parte demandante, cumpliendo con el Auto Supremo
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Contra la indicada resolución de vista, Jorge Landivar Gil y Mery Landivar Vda
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CONSIDERANDO II
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Que, los recurrentes se limitan a realizar como fundamento del recurso, un extenso relato de
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Que, siendo la casación en el fondo un recurso extraordinario que se equipara a una
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Que, conforme la facultad del art
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Finalmente, tratando la presente causa sobre la nulidad de la Escritura Pública Nº
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Consiguientemente, corresponde resolver el recurso aplicando las disposiciones contenidas en los arts
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POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en
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Se califica el honorario profesional de abogado en la suma de Bs
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Regístrese, notifíquese y devuélvase
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Firmado : Dra. Rosario Canedo Justiniano
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Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
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Proveído : Sucre,17 de junio 2008
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Patricia Parada Loras
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Secretaria de Cámara de la Sala Civil
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