Auto Supremo AS/0298/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0298/2008

Fecha: 12-Jun-2008

b) Que, al fundamento anterior se añade como hecho cierto y evidente que la relación


b) Que, al fundamento anterior se añade como hecho cierto y evidente que la relación de trabajo ha concluido no por cumplimiento de contrato sino por haber sido suspendida, antes del vencimiento del tercer contrato, conforme consta en la Resolución Administrativa Nº 008/99 de 21 de abril de 1999, que declaró su absolución, resultando no ser creíble el certificado de fs. 49