Auto Supremo AS/SNF/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/SNF/2008

Fecha: 17-Jul-2008

Que por su parte, la acusación particular, reiterando algunos aspectos señalados por el representante del


El Ministerio Público rechazó la denuncia por falta de publicidad del cuaderno de investigación y aclaró que este no constituye prueba conforme al artículo 280 del Código de Procedimiento Penal; además, puntualizó que ha expedido todas las fotocopias solicitadas por la defensa.

En cuanto al segundo incidente, sostuvo que la defensa pretende judicializar una prueba que no fue ofrecida ni presentada por la Fiscalía ni por la defensa durante los actos preparatorios del juicio y que tampoco existían los presupuestos que hacen viable la producción de prueba extraordinaria; por tanto, la misma no puede ser incorporada al proceso, por lo que solicitó su rechazo.

Concluyó que en atención a los argumentos expuestos, se rechacen todas las excepciones y los incidentes planteados por la defensa del imputado.

Que por su parte, la acusación particular, reiterando algunos aspectos señalados por el representante del Ministerio Público, añadió que la ley de enjuiciamiento vigente en el momento de la presentación de la proposición acusatoria no establecía la prescripción; además, debe descontarse del cómputo del plazo la suspensión por las ocho vacaciones judiciales. Expresó que el proceso de auditoria constituye un antejuicio, que determina la existencia o no de elementos de responsabilidad; en cuyo mérito, descontando el tiempo de emisión de los informes, concluyó que tampoco se operó la prescripción