Sobre el particular se debe tener presente que el fundamento traído en casación sobre la
Sobre el particular se debe tener presente que el fundamento traído en casación sobre la representación de la entidad demandada es el mismo que alegó tanto en su excepción previa de impersonería como en su defensa de fondo, las mismas que fueron resueltas oportunamente
- AUTO SUPREMO Nº 455 - Social Sucre, 22 septiembre de 2008
- CONSIDERANDO I: Que tramitada la causa, el Juez del Trabajo y Seguridad Social de la
- Apelada la sentencia por Hernán Gutiérrez Ovando, la Sala Civil, Social, de Familia, Niño, Niña
- Que, contra el auto de vista, Hernán Gutiérrez Ovando interpone recurso de casación en la
- 2
- Concluye indicando que al estar plenamente demostrado que existe vicios de procedimiento y vulneración de
- CONSIDERANDO II: Que, en el marco de los fundamentos expuestos, corresponde verificar si en el
- Sobre el particular se debe tener presente que el fundamento traído en casación sobre la
- En el marco de la definición legal anterior, resulta totalmente válida la notificación realizada al
- Asimismo, aclarado como se encuentra que el recurrente tiene la calidad de representante legal de
- Es decir, que el recurrente, no precisó de qué manera se hubiera incurrido en la
- Consecuentemente y no existiendo razones suficientes para acoger la casación impetrada, corresponde dar aplicación del
- Se regula el honorario de abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
