Auto Supremo AS/0009/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0009/2009

Fecha: 12-Ene-2009

CONSIDERANDO II: Que, así planteados ambos recursos, de la revisión de los antecedentes, analizando si


CONSIDERANDO II: Que, así planteados ambos recursos, de la revisión de los antecedentes, analizando si lo denunciado es evidente o no, se establece lo siguiente:

I.- 1.- Resolviendo el recurso de casación (fs. 374-376), interpuesto por Edgar Torres Saravia, ex Presidente del Banco del Estado, se advierte no ser evidente que el Tribunal de alzada hubiera vulnerado el art. 192 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto la resolución de alzada consideró todos y cada uno de los argumentos expresados en el recurso ordinario de apelación formulado por SENAPE (fs. 320-324)pues este artículo expresa que: "La sentencia pondrá fin al litigio en primera instancia; contendrá decisiones expresas, positivas y precisas; recaerá sobre las cosas litigadas, en la manera en que hubieren sido demandadas sabida que fuere la verdad por las pruebas del proceso; en ella se observará o condenará al demandado", advirtiéndose que el hecho alegado ha sido observado por el tribunal ad quem conforme a procedimiento