Auto Supremo AS/0009/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0009/2009

Fecha: 12-Ene-2009

j) Que, el argumento de Edgar Torres Saravia, de que permaneció en el cargo por


j) Que, el argumento de Edgar Torres Saravia, de que permaneció en el cargo por 3 meses no tiene asidero legal, puesto que este asumió funciones como Presidente del Banco del Estado el 6 de mayo de 1992 y ejerció hasta el 8 de septiembre de ese año y la vigencia de plazo para el cobro de los adeudos de Sammy Safar Exeni y Jalucho Salome Mahoma de acuerdo a la Resolución Nº 32/92 de 29 de mayo de 1992 hasta el 28 de julio del mismo año, tiempo en el que Edgar Torres Saravia, ejercía la función de Presidente del Banco del Estado consiguientemente es responsable por omisión y no realizar acciones tendientes a recuperar los adeudos señalados, por lo que no han sido violentados los arts. 332, 486, 491 y 507 del Código de Procedimiento Civil