Auto Supremo AS/0522/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0522/2009

Fecha: 19-Oct-2009

Que, de la revisión de autos, se evidencia que la sentencia dictada por el Juez


Que, de la revisión de autos, se evidencia que la sentencia dictada por el Juez inferior, al absolver y declarar absueltos de pena y culpa a los co-procesados: Juan Carlos Valdez Pacheco, Rene Walter Gandarillas Soriano, David Douglas Hurtado Rodríguez, Jesús Hernando Gutiérrez Mancilla, Eduardo Elvio Rengel Weber, Atilio Alejandro Orrego Romero, Raul Rolando Valdivia García, Julio Rodolfo Villarroel Zubieta, Nemecio Domínguez Paz, Nelson Raul Escalante Saldaña, Percy Antonio Rioja Aguilera, Roger Alcides Landivar Landivar, Luís Fernando Elio Antelo, Fernando Martín Cardona Iriarte, Carmiña Bernardina Almanza Pinto, Juvenal Nogales Flores Sebastiao Spencer, Alejandro Touchard Eyzaguirre, Edwin José Alpire Sánchez, Valdir Souza, Rudy Braner Weber, Marven Rubén Rioja Aguilera, Roberto Cuellar, Ruperto Hernán Pacue Carrillo, Oscar Moreno Monasterio y Juan Paredes Suárez, prescindió de indicar expresamente porque delitos absolvía a cada uno de los procesados, por cuanto cada delito es una figura descriptiva distinta en sus elementos y en la sanción, delitos que se encuentran comprendidos en el Auto de Procesamiento, limitándose en señalar, por existir prueba semi plena, omisión procedimental que constituye causal de nulidad, por no contener los requisitos esenciales que debe contener el fallo, establecido por el inc. 7) del art. 297 del Procedimiental Penal, vulnerando el art. 242 inc. 5) del mencionado Código Adjetivo penal, omisión o defecto procesal que la Corte Ad quem debió corregir haciendo uso de la potestad que le confiere el art. 15 de la Ley de Organización Judicial