Nelson Riveros Téllez, defensor de oficio del procesado Henry Salvador Ortiz Sánchez, en su recurso
Nelson Riveros Téllez, defensor de oficio del procesado Henry Salvador Ortiz Sánchez, en su recurso de casación de fojas 3149 a 3151, relaciona los hechos fácticos de autos e indica que al pronunciarse el auto de vista recurrido se habrían violado las garantías constitucionales del debido proceso, acusa el quebrantamiento del artículo 243 del Código de Procedimiento Penal, pide que se case el fallo de segunda instancia y se absuelva a su persona de los cargos seguidos por el Ministerio Público
- CONSIDERANDO: Que, el tribunal a-quo de fojas 2509 a 2546 pronuncia sentencia en la que
- Que en apelación, la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de
- CONSIDERANDO: Que, al no estar conformes con el Auto de Vista de fecha 11 de
- Nelson Riveros Téllez, defensor de oficio del procesado Henry Salvador Ortiz Sánchez, en su recurso
- Felipe Jiménez Galvez, defensor de oficio de los coprocesados Ivar Ivan y Rolando (Roly) Ortiz
- El procesado Pedro Gudiño Chumacero, en su recurso de nulidad o casación de fojas 3189
- CONSIDERANDO: Que, en el Código de Procedimiento Penal, que rige el recurso de nulidad o
- Que la Corte ad quem al encontrar la suficiente prueba para condenar al procesado Henry
- Y, al confirmar la sentencia apelada con relación al incriminado Pedro Gudiño Chumacero, se establece
- CONSIDERANDO: Que, por imperio del principio de legalidad, es su vertiente del nullum crimen sine
- Que de lo expuesto se establece no ser evidentes las infracciones que se han acusado
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 3/2009
