Auto Supremo AS/0566/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0566/2009

Fecha: 25-Nov-2009

A lo expuesto corresponde agregar que el Auto de Vista recurrido ha sido pronunciado, con


A lo expuesto corresponde agregar que el Auto de Vista recurrido ha sido pronunciado, con el estudio exhaustivo de los datos procesales, porque la labor del tribunal de apelación consiste en hacer un análisis fundamentado sobre los puntos apelados y resueltos por el inferior, motivando el fallo de tal manera que sea el resultado de un estudio reflexivo del proceso lo que acontece en el caso de autos. Esta manera de actuar de la Corte de alzada, no representa un defecto procesal que se encuentre sancionado dentro las causales de nulidad indicadas en el art. 297 del Código Procesal Penal