Auto Supremo AS/0566/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0566/2009

Fecha: 25-Nov-2009

En consecuencia, conforme lo expuesto precedentemente no se ha infringido los arts


En consecuencia, conforme lo expuesto precedentemente no se ha infringido los arts. 1, 2, 83.2), 96, 98, 99, 102, 148, 229, 232 y 231.7) del Código de Procedimiento Penal y art. 205.5) de la Ley de Organización Judicial, toda vez que el recurrente teniendo todos los medios legales para interponer los recursos que la ley le otorga, dejo precluir su derecho