Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0583/2009
Fecha: 30-Nov-2009
Dr. Ángel Irusta Pérez
Dr. Ángel Irusta Pérez
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VISTOS: La solicitud cursante a fojas 243, formulada por Luís Sebastián Claure Acuña dentro el
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Que, absolviendo el traslado dispuesto por la providencia de 20 de octubre de 2009, el
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CONSIDERANDO: Que, de los datos que cursan, se establece que
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CONSIDERANDO: Que, del análisis de los supuestos en que procede la conversión de acción, el
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En los casos previstos en los numerales 1) y 2) la conversión será autorizada por
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Que, con relación a la conversión de la acción pública a privada, la Sentencia Constitucional
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El Código de Procedimiento Penal en su artículo 393 establece que para el juzgamiento de
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Que, siguiendo el entendimiento dado por la Sentencia Constitucional número 020/2004, el juicio de responsabilidades
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En los procesos de responsabilidad, se reconoce al Fiscal General el ejercicio exclusivo de la
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En las causas de responsabilidad penal sujetas al privilegio constitucional de juzgamiento especial, entre ellas,
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Por las razones expuestas, corresponde rechazar la conversión de acciones impetrada
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POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación
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Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
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Dr. Ángel Irusta Pérez
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Cámara de la Sala Penal Primera
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Libro Tomas de Razón 3/2009
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