Auto Supremo AS/0594/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0594/2009

Fecha: 23-Dic-2009

CONSIDERANDO: Que, el proceso penal se originó a raíz de que, el médico forense, Cléber


CONSIDERANDO: Que, el proceso penal se originó a raíz de que, el médico forense, Cléber Beltran, el 27 de diciembre de 2001, en cumplimiento a una orden judicial, habría practicado reconocimiento médico legal al imputado y emitido certificado médico forense en el que señaló que el paciente presentaba un cuadro digestivo alto que requería de atención de un médico especialista gastroenterólogo y exámenes complementarios, que el paciente se hallaba medicado con prazolan de 0.50 mg. por día, razón por la cual, certificó que el examinado tenía un impedimento de dieciocho (18) días, a cuyo término podría cumplir sus obligaciones civiles. Dicho certificado médico habría sido adjuntado por Luís Fernando Roberto Landivar Roca, ante el Juez que tramitaba un proceso penal en su contra, solicitando la suspensión de la audiencia indagatoria, autoridad jurisdiccional que ante las contradicciones que advirtió, ordenó un nuevo reconocimiento médico del imputado por una junta de médicos forenses, en cuyo mérito se habría emitido el certificado médico de 29 de diciembre de 2001, en el que se estableció que el paciente se encontraba hemodinámicamente compensado, estable, orientado y lúcido, aspecto que no le imposibilitaba física ni mentalmente para efectuar sus actividades habituales, motivo por el cual no se le otorgó impedimento alguno. En mérito a ello, se le imputó a Luís Fernando Roberto Landivar Roca la supuesta comisión de los delitos de falsedad ideológica y uso instrumento falsificado, por haber hecho insertar declaraciones falsas en el certificado médico forense de 27 de diciembre de 2001; y por haber hecho uso de dicho instrumento falsificado