Auto Supremo AS/0142/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0142/2009

Fecha: 24-Abr-2009

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5.- El Juez de Partido y de Sentencia de Viacha por auto de fojas 231, en consideración a que toda persona contra quien tenga que sustanciarse un proceso judicial, sólo debe ser sometido a jueces y tribunales creados con anterioridad al hecho objeto del proceso, como una garantía de ecuanimidad e imparcialidad, y por ser juzgado es de reciente creación y considerando tanto la residencia del imputado Jerónimo Quiñones Colque, como el lugar donde se habrían producido los hechos, se encuentran en Pucarani, Provincia Los Andes, se declaró incompetente para conocer el proceso en razón del territorio y dispuso la devolución de antecedentes al Juez de Partido y Sentencia de Achacachi, provincia Omasuyos del Departamento de La Paz