Auto Supremo AS/0160/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0160/2009

Fecha: 15-May-2009

Por su parte el art


Por su parte el art. 2º del DS. Nº 8125 de 30 de octubre de 1967, disponía que: "Todo funcionario que reciba sus remuneraciones con fondos provenientes del Tesoro Nacional (Gobierno Central), cualquiera sea la institución en la que preste servicios será considerado para fines de derecho de orden social como funcionario público y por lo tanto sujeto al régimen establecido por el Decreto Ley Nº 07375 de 5 de noviembre de 1965."