Auto Supremo AS/0157/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0157/2009

Fecha: 25-Jun-2009

En el Derecho laboral, antes de la vigencia de la actual Constitución Política del Estado,


En el Derecho laboral, antes de la vigencia de la actual Constitución Política del Estado, la prescripción no se interrumpía al igual que en la referida materia, sino que, se observaba para su aplicación el principio proteccionista, relacionado con otros principios, como son el pro-operario, que se expresa en la regla de aplicación de la norma más favorable y la regla de la condición más beneficiosa; el de la irrenunciabilidad de los derechos; el de la continuidad de la relación laboral; el de la primacía de la realidad; de la razonabilidad; de buena fe entre otros; es decir, que para que se opere la prescripción en el derecho laboral, debía tomarse en cuenta sobre todo, la irrenunciabilidad de los derechos del trabajador y la interpretación restrictiva, entendiéndose que en caso de duda u omisión, debe preferirse la solución que conduzca a la conservación del derecho, la subsistencia del derecho del trabajador y en consecuencia, el cumplimiento efectivo de las obligaciones contraídas y no su pérdida por la vía de la prescripción; entendiéndose como criterio rector el reconocimiento, protección e irrenunciabilidad de los derechos laborales, estatuido en los arts. 157 y 162 de la C.P.E. de 1967, 4º de la L.G.T., 59, 70 y 3º inc. g) del Cód. Proc. Trab