Auto Supremo AS/0389/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0389/2009

Fecha: 22-Jul-2009

CONSIDERANDO: Que, el Ministerio Público a través del requerimiento de fs


CONSIDERANDO: Que, el Ministerio Público a través del requerimiento de fs. 133 a 136, solicitó se rechace la solicitud de extinción de la acción penal planteada por el imputado, toda vez que fue el imputado el causante de los actos dilatorios en el trámite del proceso, conforme lo establecido en SC 0101 /2004 de 14 de septiembre y su auto complementario 0079/2004 de 29 de septiembre del mismo año, más aún cuando se le impuso medidas sustitutivas a la detención preventiva, ya que conforme la representación del Oficial de Diligencias del Tribunal de Sentencia de Quillacollo de fecha 23 de junio de 2005 de fs. 18, el imputado tenia su domicilio real, en la Localidad de Villazón, calle Avaroa s/n, entre Tarija y La Paz, y que por tal motivo se efectuó la notificación vía Orden instruida, actuado que no pudo ser cumplido, que conforme consta en Representación del Oficial de Diligencias del Juzgado de instrucción de Sipesipe el procesado no pudo ser habido, motivo por el cual se le notificó mediante Edicto, concluyendo que los recursos planteados por el recurrente son manifiestamente dilatorios toda vez que fueron formulados sin fundamento fáctico ni jurídico, cuya única finalidad es precisamente, dilatar el proceso para intentar la presente acción, de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso