En efecto, del contenido del memorial de demanda de fs
En efecto, del contenido del memorial de demanda de fs. 62-63 se extrae que si bien en la suma se refiere a una "Demanda ordinaria de nulidad", sin embargo la fundamentación se basa en argumentos que hacen a las causas de anulabilidad del contrato al acusar "engaño a personas incapaces, estafa, abuso de confianza", además de que la normativa legal en que se funda es, en sí misma, contradictoria, al sustentarse, al mismo tiempo, en las previsiones contenidas en el art. 549 (Casos de nulidad del contrato) en sus incs. 1), 2) y 5) y en el art. 554 (Casos de anulabilidad del contrato) en su inc. 1), dos institutos de diferente naturaleza jurídica, que son excluyentes entre sí, ya que no puede demandarse la nulidad y la anulabilidad de un contrato o hacerlo de manera alternativa
- CONSIDERANDO I: Que la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Cochabamba, el 30
- Dicho auto de vista dió lugar al recurso de casación interpuesto por la parte demandada
- CONSIDERANDO II: Que el art
- En el contexto anterior, ingresando al análisis de los antecedentes que cursan en el proceso
- En efecto, del contenido del memorial de demanda de fs
- Este defecto en la demanda no ha sido oportuna y debidamente observado por la jueza
- Así, en sentencia se declara probada la demanda y nulo el contrato de 4 de
- Al respecto, cabe recordar que, en materia de contratos, la nulidad y la anulabilidad son
- Siguiendo el razonamiento doctrinal expresado, el art
- En esta línea, ya se ha pronunciado el Tribunal Supremo a través de los autos
- Por lo expuesto, habiendo sido interpuesta la demanda de manera defectuosa, cuya corrección debió haber
- POR TANTO: La Sala Civil Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Para sorteo y resolución de la causa, según convocatoria de fs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Proveido, Dra. Gladys Segovia García, Secretaria de Cámara
